¿Quiénes Somos?

Somos el ente consultivo y asesor en materia de reglamentación técnica, adscrito al Ministerio de Economía (Artículo 64 Ley del Sistema Nacional de la Calidad, Decreto Número 78-2005).

 

Integración de la Comisión Nacional de Reglamentación Técnica (CRETEC)

Ministerio Economía

Doctor Pablo Alexander Pineda – Representante del Ministerio de Economía


Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales

Licda. Heizell Chinchilla Guevara – Representante Titular

Licda. Lilian Azucena Caal Baran – Representante Suplente

 
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación

Ing. Jorge Mario Gómez Castillo – Representante Titular

M. V. Byron Efrain Gil Morales – Representante Suplente

 
Ministerio de Energía y Minas

Ing. Gerson Didier de León – Representante Titular

Lic. Otto Sandoval – Representante Suplente

 
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

Licda. Gloria Carolina – Representante Titular

Ing. José Fernando Reyes – Representante Suplente

 
Cámara de Comercio de Guatemala

Ing. Gustavo Adolfo Pineda Ortiz – Representante Titular

Licda. Karla Lucas – Representante Suplente

Cámara Guatemalteca de la Construcción

Ing. Teddy Lemcke – Representante Titular

Ing. Gerson Chavarría – Representante Suplente

 
Cámara de Industria de Guatemala

Licda. Milvia Cordón – Representante Titular

Inga. Úrsula Quintana – Representante Suplente

 
Cámara del Agro

Ing. Román Molina – Representante Titular

Licda. Laura Barrera – Representante Suplente

 
Asociación Guatemalteca de Exportadores (AGEXPORT)

Ing. Zsolt  Gerendas – Representante Titular

Licda. Jenifer Mendoza – Representante Suplente

 
Foro de Rectores de las Universidades de Guatemala

Lic. Eduardo Martin Álvarez Massis – Representante Titular

Licda. Mirna Lizeth Monney Castillo de Montufar – Representante Suplente

Funciones de la CRETEC

Velar porque los distintos Organismos, Instituciones, Organizaciones y Unidades de Estado cumplan con las normas, medidas y reglamentos establecidos por la Organización Mundial del Comercio -OMC- en el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias -MSF- y en el Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio -OTC-.

Velar porque los reglamentos técnicos se desarrollen sobre la base de las disposiciones de una norma técnica nacional, regional o internacional.

Recomendar a los Organismos, Instituciones, Organizaciones y Unidades de Estado que adapten sus reglamentos técnicos o proyectos de reglamentos técnicos, a las disposiciones que emanen de los organismos internacionales especializados en la materia.

Evitar que los Organismos, Instituciones, Organizaciones y Unidades de Estado emitan reglamentos técnicos que dupliquen innecesariamente las disposiciones respecto de un mismo producto.

Mantener actualizado el registro de la reglamentación técnica vigente y el listado de proyectos, en apoyo a los sectores interesados.

Promover que las entidades que conforman el Sistema Nacional de la Calidad ejerzan las acciones de vigilancia de la reglamentación técnica.